AeromarMX

Preguntas Frecuentes

boletos

Boletos

Tarifas, requisitos, validez, reembolsos, cambios.

Sí, se acepta como forma de pago la tarjeta de todas las Aerolíneas Emisoras de UATP.

El factor más importante para obtener la tarifa más económica es el tiempo. Para poder conseguir los mejores precios el criterio de la compañía se basa en Comprar con Anticipación.

La compra de tu boleto queda confirmada en el momento que recibes un correo electrónico que contiene tu clave de confirmación (PNR) y tu número de boleto.

Puedes comprar con un máximo de 2 (dos) horas comunicandose al siguiente número telefónico: (55) 51 33 11 11. Directamente en el aeropuerto hasta 90 minutos antes de la salida del vuelo.

Vía Internet en la siguiente liga www.aeromar.com.mx o al Teléfono: Desde México y zona metropolitana: 51 33 11 11 o en los aeropuertos de nuestros destinos y en la agencia de viajes de tu preferencia.

Sí, puedes realizar cambios de horario, fecha o destino, siempre que exista disponibilidad en el vuelo elegido y sujeto a las restricciones de la tarifa.

Sí en la mayoría de los casos y sujeto a las restricciones de la tarifa adquirida.

Tarjetas afiliadas a VISA y MasterCard.

Si es posible realizar cambios de nombre, la permisibilidad queda sujeta a las restricciones de la familia tarifaria.

Los cambios de nombre en boletos emitidos por Aeromar únicamente podrán ser solicitados en Call Center Aeromar y agencias a partir de la compra y hasta 24 horas antes del vuelo del primer segmento en la reserva para rutas nacionales; hasta 72 horas antes del vuelo del primer segmento en la reserva para rutas internacionales.

Dependiendo las condiciones con las cuales haya sido expedido, el boleto beneficio equivale a un boleto de avión en rutas operadas por Aeromar y puede ser canjeado por un viaje sencillo, cubriendo únicamente el costo de expedición del boleto e impuestos aeroportuarios (TUA) por parte del beneficiario, mismos que suelen ser de manera simbólica en comparación del costo completo del boleto adquirido en la clase tarifaria que aplique.Los boletos beneficio son emitidos únicamente a través de autorización a clientes cuyo vuelo haya sido protegido o hayan participado en una de las dinámicas con socios de Aeromar en cuyo caso aplicarán los términos y condiciones de dichas actividades.De no tener una fecha explícita en su uso, los boletos beneficio tendrán una vigencia de 6 meses a partir de su autorización y son válidos únicamente en rutas nacionales operadas por Aeromar, son sujetos a disponibilidad, no son transferibles, ni negociables.

Tablas de surf, peso, dimensiones, tipos de equipaje.

Rutas nacionales: Excedidos los kilos permitidos a su franquicia, se cobrará un cargo total de $119.00 pesos M.N. con IVA incluido por cada kilogramo de exceso, o en el caso de maletas adicionales se cobrará un cargo de $1,199.00 pesos M.N con IVA incluido en mostrador del aeropuerto. La segunda maleta estará sujeta a la capacidad disponible en el compartimiento de carga.

Rutas internacionales

-EMBARQUE INTERNACIONAL: Excedidos los 23 kilos permitidos, se cobrará un cargo total de USD $25.00 con impuestos incluidos por cada kilogramo de exceso, o en el caso de maletas adicionales se cobrará un cargo de USD $65.00 con impuestos incluidos. La segunda maleta estará sujeta a la capacidad disponible en el compartimiento de carga.

-EMBARQUE NACIONAL: Excedidos los 23 kilos permitidos, se cobrará un cargo total de USD $25.00 con impuestos incluidos por cada kilogramo de exceso, o en el caso de maletas adicionales se cobrará un cargo de USD $65.00 con impuestos incluidos. La segunda maleta estará sujeta a la capacidad disponible en el compartimiento de carga.

Para pasajeros en conexión desde otra aerolínea se deberá consultar la política propia de la aerolínea original.

  • El Departamento de Seguridad de los Estados Unidos (DHS por sus siglas en inglés) requiere que a partir del 19 de julio del 2017 las medidas de seguridad para vuelos directos a Estados Unidos se incrementen, en especial la revisión de aparatos electrónicos portátiles de tamaño mayor al de un teléfono celular o smart phone, como son: laptops, tabletas, DVD´s, equipo fotográfico y de video, etc.
  • Todos los vuelos de Aeromar hacia Estados Unidos continúan operando de manera normal. Si tiene que viajar, por favor llegue a tiempo para las diferentes etapas de su viaje, incluyendo la documentación, la revisión en puntos de inspección del Aeropuerto y en la puerta de embarque. Usted podrá ser sujeto a revisiones y preguntas adicionales.
  • Es probable que estemos llamando antes a nuestros pasajeros a la puerta de embarque, así que amablemente le solicitamos que haga todo lo posible para ayudarnos a que el vuelo salga puntualmente.
  • La seguridad de nuestros clientes y tripulantes será siempre nuestra máxima prioridad por lo que seguiremos trabajando muy estrechamente con el gobierno de Estados Unidos.
  • Gracias por su paciencia y comprensión al ayudarnos a cumplir con los requisitos adicionales de seguridad del gobierno de Estados Unidos.
  • Para más información vaya al siguiente link: https://www.dhs.gov/aviation-security

Rutas nacionales: aplica según la tarifa adquirida.

Rutas internacionales: aplica según la tarifa adquirida.

Como beneficio a sus pasajeros Aeromar ofrece tarifa preferencial en algunas clases tarifarias a cambio de la renuncia del pasajero a transportar la totalidad de su equipaje documentado, solo haciendo válido su derecho a transportar su franquicia de equipaje de mano y/o a pagar por pieza de equipaje adicional. (Artículo 47 Bis X, LAC).

tabla

Son aquellos artículos personales, libres de cargo, transportados por el pasajero bajo su custodia y responsabilidad en la cabina del avión. El equipaje de mano puede ser una maleta que no rebase las dimensiones de 22 x 38 x 65 cms más un artículo personal como una laptop, maletín o bolsa. Y cuyo peso de ambos no excedan los 10 Kgs.

La responsabilidad de la aerolínea por pérdida o daño del equipaje documentado está limitado por lo establecido por la legislación internacional y nacional aplicable. En caso de daño, pérdida o demora del equipaje documentado, el pasajero deberá formular reclamación directa e inmediata a la Empresa requisitando la forma correspondiente.

Las Mercancías Peligrosas son artículos o sustancias que, cuando se transportan por avión, pueden constituir un riesgo importante para la salud, la seguridad o la propiedad.Dadas las características del transporte aéreo, que requiere una operación con un 100% de seguridad, existen algunos artículos cuya transportación aérea está prohibida de acuerdo a la Ley de Vías Generales de Comunicación y ordenamientos propios de las Empresas Aéreas; los cuales son vigilados estrechamente por las diferentes autoridades.

Mercancías peligrosas, globos, balones y/o pelotas infladas, cañas de pescar, paraguas, lanzas, dardos, bats de béisbol, herramientas domésticas, instrumentos quirúrgicos, vidrios, espejos o cualquier otro artículo que a juicio de la empresa represente un peligro para la aeronave o sus pasajeros.

Cómo transportarlos.

Deben presentar un certificado de buena salud en papel membretado con cédula profesional impresa del Médico Veterinario Zootecnista, (la vigencia de este documento es de 5 días a partir de su expedición) y comprobante de vacunación firmado por un Médico Veterinario Zootecnista.
La mascota y la jaula deben estar limpios.
Las jaulas deberán contener material absorbente suficiente, o una charola que cubra los mismos requisitos en el interior para evitar escurrimientos.
La dimensión de la jaula deberá ser apropiada al tamaño y tipo de animal, además de ser suficientemente resistente al manejo.
Si considera que su mascota sufre de nervios, deberá ser entregado previamente sedado por su veterinario.

Para mayor información favor de comunicarse al teléfono 55 4172 5332

Sí, puedes viajar con tu perro o gato. Consulte los requerimientos en la siguiente liga www.aeromar.mx/servicios/mascotas. Deberán ser cubiertos los cargos correspondientes por transportación de mascota vigentes al momento de realizar la documentación, consulte los requisitos aquí: www.aeromar.mx/servicios/#4.

Los perros lazarillos pueden acompañar en la cabina a las personas con discapacidad visual que lo requieran sin cargo.

Para mayor información favor de comunicarse al teléfono 55 4172 5332

Menores, infantes, requerimientos especiales.

Aeromar trabaja día a día para ofrecer siempre la mejor experiencia de volar, pero por el momento no contamos con este servicio.

No, puedes llevar a un infante a tu cuidado sin derecho a asiento, ni derecho a franquicia de equipaje.

Un infante ocupando un asiento individual pagará la tarifa disponible para ese vuelo. Si dos infantes viajan con un adulto el segundo infante pagará lo estipulado en el punto anterior.

Sólo podrán viajar infantes 10 días después de nacidos y presentando certificado médico.

AEROMAR aceptará el transporte de menores sin acompañante, bajo las siguientes condiciones:

  1. Cuando el menor tenga de 5 a 13 años 11 meses de edad, se deberá llenar el formato y pagar el servicio de custodio.
  2. No son aceptables para viajar solos, niños menores de 5 años de edad.
  3. La persona responsable del menor deberá llenar y firmar la “Carta de menor sin acompañante” proporcionada por la empresa en los mostradores de documentación del Aeropuerto.
  4. En el mostrador de documentación se presentará el menor acompañado por un adulto que deberá identificarse plenamente e indicar la relación que tiene con el menor.
  5. Solo serán aceptables los menores que vayan acompañados de sus padres, tutores, abuelos, parientes (tíos, hermanos), no serán aceptables los menores que no tengan relación alguna con la persona que pretende entregarlos.

 

Para vuelos Internacionales operados por Aeromar:

  1. Si el menor tiene de 5 a 13 años 11 meses, el adulto que lo acompaña deberá obligatoriamente cubrir la tarifa de Custodia de Menor sin acompañar y llenar debidamente el formato de Menor sin Acompañar.
  2. Si el menor tiene de 14 a 18 años cumplidos, el pago de la tarifa de Custodia es opcional y en este caso el adulto que acompaña al menor deberá llenar el formato de Exención de Custodia de Menor sin Acompañar.

 

En mostradores de Aeromar, se solicitará una identificación con fotografía del menor sin acompañar (Pasaporte y Visa vigente, además del formato SAM Formato de Salida de Menores, el cual el padre o tutor deberá entregar previamente llenado en mostradores de documentación y podrá bajar en la siguiente liga: Formato de Salida de Menores, así como el Formato de Menor sin Acompañar debidamente llenado y firmado.

Debido a que el espacio disponible es limitado, no está permitido subir a bordo de la cabina de pasajeros carriolas o sillas de bebé. Será posible llevarlas hasta la puerta del avión donde deberán ser entregadas al personal de la aerolínea para que sean depositadas en el compartimiento de equipaje mismo que serán entregadas a su llegada en la puerta del avión.

En caso de tener 36 semanas de embarazo o más, se recomienda sea presentado el certificado médico, que avale su estado para poder viajar, o bien a falta de este, firme en mostradores de documentación el formato de exoneración de responsabilidad. Aquellas pasajeras con menos de 36 semanas de embarazo no se les exige como requisito ningún documento para poder viajar.

Sí, para un servicio adecuado es importante dar aviso de tus necesidades especiales al hacer tu compra.

Documentación, facturas, contacto.

Los pasajeros deberán presentarse en los mostradores de Aeropuerto como mínimo 60 minutos antes de la salida para vuelos Nacionales, y como mínimo 180 minutos antes de la salida para vuelos Internacionales.

Nuestros pasajeros pueden realizar su Web Check-In desde 48 y hasta 2 horas antes de su vuelo nacional. Web Check-In, permite seleccionar su asiento, imprimir su pase de abordar y en caso de llevar equipaje, lo podrá entregar en el mostrador especial.

Para vuelos Nacionales operados por Aeromar, deberá de presentarse cualquiera de los siguientes documentos:
a) Mayores de edad: INE, Pasaporte, Cedula Profesional, Licencia de Manejo vigente.
b) Para menores de 18 años de edad y en vuelos nacionales, será aceptada identificación/credencial de la escuela vigente con fotografía.
c) En el caso de menores de 2 años (infantes) y para vuelos nacionales; podrá presentar CURP, Acta de nacimiento o certificado de alumbramiento.

Temas generales sobre nuestros servicios.

Aeromar permite el transporte de cenizas humanas en cabina de pasajeros como equipaje de mano y como equipaje documentado, en ambos casos son inspeccionadas por rayos X.

En caso de llevarse como equipaje de mano, el pasajero será el responsable en todo momento de llevar consigo la urna.

Al momento de su documentación el pasajero debe presentar el acta de defunción, el acta de cremación y las cenizas humanas dentro de una urna para su transportación, sellada y protegida para evitar su posible abertura.

¡Claro! Las tablas de surf son permitidas, observando las siguientes indicaciones:

  • Se aceptarán sin condición las tablas que midan hasta 2.40 mts (7.87 pies).
  • Se aceptarán condicionalmente las tablas que midan entre 2.40 mts (7.87 pies) y 2.90 mts (9.51 pies); se deberá solicitar al pasajero que firme la exención de responsabilidad en la etiqueta de equipaje y adicionalmente se le colocará a la tabla la etiqueta de “Sujeto a Espacio”.
  • No se aceptarán las tablas que excedan de 3 mts (9.84 pies).

Se consideran como parte de la franquicia de equipaje, el cual no deberá exceder de 25 kgs, de lo contrario tendría que pagar exceso de equipaje.

Es posible el transporte de ramos y arreglos florales a bordo de la cabina de pasajeros siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

  • Sean de tamaño tal que quepan en los compartimientos de equipaje en cabina (sombrereras).
  • Se encuentren envueltos o embolsados de forma que no generen desprendimiento de polen, lo cual puede causar alergias a otros pasajeros y/o a la tripulación de vuelo.

Si el ramo o arreglo floral excede las dimensiones permitidas para un equipaje de mano o bien no se encuentra correctamente envuelto o embolsado deberá ser documentado siendo sujeto a los cargos aplicables correspondientes al exceso de equipaje.

No está permitido el transporte de ramos o arreglos florales en vuelos desde o hacia los Estados Unidos.

Solo podrán ser transportadas en vuelos Nacionales, el cobro por la transportación de armas de fuego y municiones será por TRAMO y no por VIAJE, aún en vuelos vendidos en código compartido; por ejemplo:

En una reservación de MEX a PVR vía GDL se realizarán dos cargos por armas de fuego, uno para el tramo MEX-GDL y otro para el tramo GDL-PVR.Para solicitar información más detallada sobre procedimientos, así como, tarifas para el transporte de armas de fuego y municiones para vuelos dentro de la República Mexicana, favor de comunicarse a nuestro departamento de Call Center a los siguientes números: Desde México: (55) 5133 1111 o escríbanos al correo: arpel@aeromar.com.mx.

  1. Si desea transportar armas de fuego, deberá presentarse en los mostradores de Aeromar al menos dos horas antes de su vuelo para realizar los trámites necesarios con Aeromar y las autoridades correspondientes.
  2. La cantidad máxima de armas de fuego que puede transportar un pasajero por vuelo es de dos (dos armas cortas; o dos armas largas; o una corta y una larga). Así mismo, la cantidad máxima de cartuchos por pasajero es de 5 kgs. y la cantidad máxima de cartuchos por vuelo es de 25 kgs. Los cartuchos deben ir separados de las armas y en empaques diferentes.
  3. Si el avión lleva el límite de 25 kgs. Por vuelo, el pasajero tendrá que cambiar al siguiente vuelo condonando el cargo por cambio, pero NO SE CONDONA el pago por diferencia de tarifa.

Sí, instrumentos que quepan debajo de sus asientos o en compartimentos para equipaje de mano como: flautas, violines, trompetas, etc.Si son voluminosos y por su naturaleza es necesario utilizar un asiento, se debe pagar tarifa completa para transportarlo, siempre y cuando no midan más de dos metros en sus diferentes dimensiones lineales, no pese más de 46 kilos, que vaya en el asiento contiguo al propietario, quien se responsabilizará de su cuidado y de asegurarlos con el cinturón.

, por razones de seguridad está permitido utilizarlos únicamente cuando lo indique la Sobrecargo.

Pasajeros con necesidades particulares.

Somos una empresa socialmente responsable e inclusiva, por lo que brindamos servicios para satisfacer las necesidades particulares de los viajeros.

Los servicios particulares que ofrecemos son:

  • Realizar la reservación de dos asientos para una persona cuya corpulencia no le permita sentarse en uno solo; el trámite debe realizarse directamente en el Centro de Reservaciones.
    • Las personas paralíticas o sin alguna extremidad, pueden viajar sin acompañante, ya que brindaremos la asistencia necesaria para el vuelo, la cual incluye: Asistencia para moverse desde y hacia su asiento, como parte de los procedimientos de abordaje y descenso.
    • Asistencia en la prestación para la comida, por ejemplo, la apertura de paquetes y en identificar la comida.
    • Asistencia a una persona semi-ambulatoria para moverse hacia y desde los sanitarios, sin cargarla.
    • Asistencia para almacenar equipaje de mano.
    • No incluye asistencia de carácter personal como aseos.
  • Por otra parte, las personas con alguna discapacidad intelectual que viajen solas deben ser capaces de entender y aplicar las medidas de seguridad, sin embargo, se les brindará la asistencia de seguridad.
  • En el caso de requerir viajar con una mascota de apoyo, respetamos la solicitud, únicamente acatando los lineamientos requeridos como la cartilla oficial de vacunación y el pasaporte que lo acredite como mascota de apoyo o servicio.
  • Para las personas que requieran viajar con silla de ruedas, es necesario documentarla y guardarla en el compartimiento de equipaje; Proporcionamos una en calidad de préstamo para que pueda trasladarse. Es importante destacar que las sillas de ruedas o equipos de movilidad personal, manuales o eléctricos son transportados gratuitamente; una segunda silla será considerada dentro de la franquicia de equipaje.

Sólo se podrá transportar sangre en vuelos nacionales y sólo en rutas operadas por Aeromar.

Se deberá presentar un certificado en original con el nombre completo, firma y cédula profesional del médico, o sello de la institución que autoriza el traslado, así como su número de teléfono (éste último dato es opcional).

El pasajero o su acompañante será el responsable en todo momento de llevar consigo y proteger el contenedor.

Las especificaciones del contenedor para su aceptación en cabina de pasajeros son las siguientes:

  • El contenedor deberá ser de material rígido como pueden ser: metal, plástico o unicel.
  • No deberá de exceder las siguientes dimensiones: 40 cm x 30 cm x 18 cm.

Máximo se aceptarán 10 unidades de sangre por pasajero.

Le recomendamos realizar la reservación en nuestro centro de reservaciones, debido a que la reservación de dos (2) asientos para la misma persona no puede realizarse en internet.

Si el vuelo está completo y no ha reservado un segundo asiento, podría denegársele el embarque por razones de seguridad, si su corpulencia no le permite sentarse en un (1) solo asiento.

El proceso de documentación deberá realizarse en los mostradores del aeropuerto. La documentación en internet no está disponible por el momento.

Para su información, la anchura de nuestros asientos entre los 2 reposabrazos es de:

  • Avión ATR-42, 17 pulgadas = 43 cm. de ancho
  • Avión ATR-72, 18 pulgadas = 45 cm. de ancho

Si su anchura de cintura es superior a estas medidas, le recomendamos reservar un segundo asiento. Así, tendrá la garantía de viajar con un asiento libre al lado, para su comodidad y seguridad. Sin embargo es muy importante informarle que la flota de AEROMAR se conforma de equipos ATR 42 y ATR 72 dependiendo del equipo en que vuele podrán contar con descansabrazos abatibles.

Las personas paralíticas o sin extremidades superiores, pero que pueden utilizar sus extremidades inferiores, pueden viajar sin acompañante. A bordo, se les brindará asistencia para abrochar y desabrochar el cinturón de seguridad, y para colocar y ajustar la mascarilla de oxígeno en caso de necesidad. En cambio, la asistencia no incluye:

  • Ayuda para comer o ingerir medicamentos
  • Asistencia en los aseos
  • Cualquier otra asistencia de carácter personal

Por tanto, es preciso asegurarse de que la persona que viaja sola cumple con todas las condiciones necesarias para viajar en avión, sin ayuda externa.

Nuestros aviones no disponen de tomas eléctricas para conectar aparatos de asistencia respiratoria a bordo. Por lo tanto, el pasajero deberá verificar la autonomía del aparato y, de ser necesario, prever baterías adicionales.

Los pasajeros que así lo requieran podrán utilizar sin restricción un Concentrador de Oxígeno Portátil.

De acuerdo a la CO SA-09.2/13 los POC’s autorizados son equipos certificados para usarse en aviación de acuerdo acuerdo a los estándares de la Comisión

Técnica de Radio para Aviación (Radio Technical Commission for Aeronautics, RTCA por sus siglas en inglés), cuyos modelos en el mercado que se pueden encontrar en la siguiente dirección electrónica para pronta referencia: http://www.faa.gov/about/initiatives/cabin_safety/portable_oxygen/

Los Pasajeros que así lo requieran pueden transportar consigo un concentrador de Oxígeno Portátil (POC) bajo las siguientes condiciones:

  • El concentrador de oxígeno portátil (POC) se considera material no peligroso y está dentro de los artículos de asistencia. No cuenta para los límites de equipaje a bordo, independientemente de si se usan o no a bordo. Deben tener el tamaño adecuado para acomodarse debajo del asiento o en el compartimiento superior.
  • Adicionalmente, el usuario debe asegurar que las baterías portadas en el POC a bordo de la aeronave sean protegidas de un posible corto circuito, así como de empacarlas de tal manera que prevenga el daño físico a la unidad.
  • Cuando un POC sea llevado como equipaje de mano y no sea utilizado durante el vuelo, la batería deberá ser removida y empacada de manera separada, a menos que el POC contenga por lo menos dos elementos de protección efectiva para prevenir la operación accidental del aparato.
  • Para prevenir la activación accidental, los POC que sean transportados como equipaje documentado, las baterías deberán ser removidas y colocadas en el equipaje de mano. Tales baterías deberán estar protegidas adecuadamente para evitar cualquier corto circuito.

Si un pasajero necesita usar un POC a bordo deberá cumplir con los siguientes requisitos antes de abordar el avión:

  • El pasajero deberá notificar a la aerolínea que viajará y/o usará un POC a bordo del avión, para lo cual deberá de presentar certificado médico que le autorice a viajar en avión, el cual debe de contener el nombre completo, la cédula profesional, el domicilio, teléfono y firma del médico tratante.
  • El pasajero que viaje con un POC, no podrá ir sentado en una salida de emergencia, en caso de requerir usarlo en vuelo, deberá de avisar a la tripulación de Sobrecargos.

El concentrador debe llevarlo consigo el pasajero y presentarlo al Agente de Servicio al Pasajero y Sobrecargo cuando se le solicite en cualquier momento durante su viaje. Será responsabilidad del pasajero asegurarse de tener baterías suficientes para alimentar el POC durante el vuelo, en caso que lo requiera.

Tome en cuenta que nuestros aviones no disponen de tomas eléctricas para conectar aparatos de asistencia respiratoria a bordo, por lo tanto, el pasajero deberá verificar la autonomía del aparato, y de ser necesario, prever baterías adicionales, para casos de desviaciones o demoras.

Tenga en cuenta que las aerolíneas sólo pueden proveerle de oxígeno a bordo de la aeronave en caso de emergencia. Si desea llevar un cilindro de oxígeno en su equipaje documentado, recuerde que debe ir vacío y despresurizado, además deberá cumplir con los requisitos para su transportación. En caso que el cilindro de oxígeno viaje abordo con usted, la masa del cilindro de oxígeno no puede ser mayor a 5 kg., y de igual manera deberá cumplir con los requisitos para su transportación.

Al efectuar la reservación, se sugiere que nos informe que la persona presenta discapacidad intelectual e indicarnos el tipo de asistencia requerida.

La asistencia a las personas con discapacidad intelectual no incluye:

  • Ayuda para comer o ingerir medicamentos
  • Asistencia en los aseos
  • Cualquier otra asistencia de carácter personal

Por tanto, es preciso asegurarse de que la persona que viaja sola cumple con todas las condiciones necesarias para viajar en avión, sin ayuda externa. En caso contrario, para evitar las dificultades a bordo, recomendamos que las personas con discapacidad intelectual viajen acompañadas.

Aeromar permite que la gran mayoría de personas con discapacidad intelectual viajen solas. Con este fin, deben ser capaces de entender y aplicar las medidas de seguridad. No obstante, es necesario tomar en cuenta las características de un viaje en avión:

  • El recorrido en los grandes aeropuertos puede ser complejo, largo y agotador.
  • Los trámites de seguridad, policía y aduana pueden ser largos, estresantes y, en ocasiones, intrusivos.
  • En los aeropuertos internacionales, las dificultades que puede plantear el idioma y la orientación son reales.
  • El vuelo puede ser perturbado por turbulencias y/o necesitar medidas de seguridad inusuales.

Nota: para ciertos tipos de deficiencias que provocan pérdidas de memoria o de orientación (ej.: enfermedad de Alzheimer), los riesgos de que no se apliquen las consignas de la tripulación son reales: por ejemplo, desembarque sin esperar la asistencia prevista, lo que puede tener graves consecuencias (la persona puede perderse dentro o fuera de la terminal, utilizar medios de transporte inapropiados, dificultades de localización, etc.) Si la persona que va a viajar podría encontrarse en esta situación, le recomendamos viajar acompañada.

Los servicios de asistencia reservados a las personas con discapacidad auditiva o sordas son limitados debido a su autonomía. Tenga en cuenta que en el país aún no existen suficientes intérpretes de Lengua de Señas Mexicana debidamente certificados, para poder capacitar al personal de todas las aerolíneas. No dude en informarnos sobre su discapacidad, a más tardar 48 hrs. antes del viaje, para que podamos ofrecerle la asistencia necesaria.

Los animales de soporte emocional, pueden viajar en la cabina con Usted, demostrando con documentos médicos (Carta del psicólogo o psiquiatra tratante) que es indispensable que Usted viaje con ellos. El certificado no debe exceder de un año de expedición, contada a la fecha inicial del viaje y debe especificar que está bajo cuidado profesional y requiere del animal para viajar en el avión.

De no contar con la documentación necesaria, se tratarán como a una mascota y deberán viajar en el compartimento de equipaje de la aeronave, asumiendo el costo por la transportación de la mascota y cumplir con los requisitos necesarios para ello.

Aeromar transporta gratuitamente en cabina su perro-guía o cualquier otro animal de Servicio. Las condiciones de aceptación y transporte son las siguientes:

  • Su animal de Servicio debe respetar todas las exigencias sanitarias del país de salida, de llegada y/o de conexión.
  • Se encuentre limpio, debe de portar arnés e identificación al cuello. De no ser así, Usted deberá justificar su función de animal de Servicio.
  • El bozal no es obligatorio.
  • Debe permanecer atado permanentemente.
  • No debe obstaculizar los pasillos.
  • Su comportamiento debe ser irreprochable en todas las circunstancias.
  • Le propondremos un asiento con el mayor espacio posible, pero su animal de Servicio no podrá ocupar un asiento. Las salidas de emergencia están prohibidas.

Si tiene un animal de servicio, como un perro guía, puede viajar con él. Si requiere que su animal de servicio viaje a su lado, recuerde que no puede ocupar un asiento, aunque esté desocupado, ni obstruir la circulación de los demás pasajeros o su comodidad.

Si viaja con un perro lazarillo se le asignará un asiento en pasillo.

Si viaja en un vuelo internacional tenga en cuenta que la mayoría de los países implementan políticas muy estrictas en cuanto al arribo de fauna foránea, tome todas las precauciones para evitar contratiempos y malentendidos en las aduanas.

Algunas medidas incluyen tener pasaporte que acredite al animal como animal de servicio y una cartilla oficial de vacunas aplicadas.

Al llegar a bordo, los tripulantes de cabina le ayudarán a instalarse y le darán información sobre su entorno en el avión, como proximidad de las puertas y salidas de emergencia, la ubicación del sanitario, ubicación de botones de llamada a la Tripulación de Sobrecargos, también le proporcionarán la información de seguridad personalmente, en su caso, el uso del cinturón de seguridad y cualquier situación de seguridad que sea necesario que el pasajeros conozca.

A bordo de todas nuestras aeronaves tenemos a su disposición Instructivos de Seguridad en lenguaje Braille y Macrotipos. En caso de que no entienda las instrucciones de seguridad contenidas, deberá consultar a la Tripulación de Sobrecargos. Durante las comidas, si lo desea, el personal de a bordo puede describirle y explicarle la composición de la comida. Por último, la Tripulación de Sobrecargos le asistirá para desplazarse hasta el sanitario, sin embargo no puede brindarle asistencia dentro del mismo.

Sí, si su silla de ruedas usa baterías, para poder ser transportada deberá ser de las llamadas Secas (baterías de gel y de litio), quedan prohibidas para su transportación aquellas sillas que utilicen baterías húmedas. Tome en cuenta que si las baterías de su silla no cumplen con los criterios de seguridad, podría impedirse su transportación.

En caso de que su silla de ruedas sea documentada desde el mostrador y guardada en el compartimiento de equipaje, le proporcionaremos una en calidad de préstamo para que pueda trasladarse desde nuestros mostradores a la sala de abordaje y del avión a la sala de reclamo de equipaje a la llegada, así como una silla pasillera para entrar y salir del avión.

Aeromar transporta gratuitamente una silla de ruedas o equipos de movilidad personal, manuales o eléctricos. Una segunda silla de ruedas será considerada dentro de la franquicia de equipaje, si se excede se le aplicaría el cargo vigente por exceso de equipaje.

En AEROMAR no contamos con equipo para refrigerar medicamentos; tome sus precauciones como viajar con un termo o bolsa térmica sellada, según se requiera para la preservación de su dosis.

Sí. Lleve sus medicamentos y dosis necesarias a la mano, no los documente en el equipaje. Es altamente recomendable tener también a la mano su receta médica; de preferencia escrita en inglés si su vuelo es internacional; asegúrese que la receta indique si requiere usar jeringas para la aplicación de la dosis.

Tome en cuenta que es una política internacional que ningún integrante de la Tripulación de Sobrecargos tiene permitido ayudarle a consumir sus alimentos o con su higiene personal. Tampoco se les permite cargar a ningún pasajero ni dar asistencia médica, como aplicar inyecciones. En caso de que requiera de alguna de estas atenciones, se le recomienda que viaje con un acompañante que lo apoye.

La asistencia abordo, proporcionada por la Tripulación de Sobrecargos, incluye:

  • Asistencia para moverse desde y hacia su asiento, como parte de los procedimientos de abordaje y descenso.
  • Asistencia en la prestación para la comida, por ejemplo, la apertura de paquetes y en identificar la comida.
  • Asistencia a una persona semi-ambulatoria para moverse hacia y desde los sanitarios, sin cargarla.
  • Asistencia para almacenar equipaje de mano.

Su embarque es prioritario, con la intención de que con el pre-embarque se le permita instalarse tranquilamente a bordo antes de la llegada de los otros pasajeros y ser acogido individualmente por el personal de a bordo, quien le dará información útil para viajar en óptimas condiciones de seguridad y comodidad.

No, no se puede predocumetar vía nuestro sitio de internet, es muy importante que se presente en mostradores 1 hora antes de la salida del vuelo para organizar óptimamente la asistencia requerida.

Aeromar le aconseja presentarse en el aeropuerto 1 hora antes de la salida del vuelo para organizar óptimamente la asistencia requerida.

Las personas con discapacidad pueden viajar sin necesidad de presentar comprobante médico o firmar cartas responsivas u otros formatos o requerimientos especiales, salvo en los siguientes casos:

  • Viaje en incubadora.
  • Necesite oxígeno médico durante el viaje.
  • Presente una condición de salud que genere una duda razonable de que sea capaz de completar el viaje con seguridad.

Requiere de una autorización médica para realizar su viaje si se identifica con alguno de los siguientes puntos:

  • Presenta una enfermedad contagiosa.
  • Tiene alguna condición médica, que en sus efectos, represente un riesgo para otros pasajeros y la Tripulación.
  • Si requiere de constante monitoreo médico, o medicamentos para controlar su salud. Tome en cuenta que la Tripulación de Sobrecargos no están autorizadas para aplicar inyecciones.
  • Si su salud se puede ver amenazada por la duración del vuelo.
  • Si requiere de alguna posición de reposo específica, tomando en cuenta las restricciones de espacio de los equipos ATR.
  • Si su embarazo es irregular, o ha excedido el periodo de 7 meses.
  • Si usted viaja con algún animal de Soporte emocional en vuelos Nacionales e Internacionales.
  • Si usted viaja con algún animal de Servicios en vuelos Nacionales.

En caso de que requiera de un acompañante pero no tenga quién le preste este apoyo, debe tomar en cuenta que AEROMAR no está obligada a contratar o conseguirle uno.

El acompañante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad, en pleno uso de sus facultades físicas y mentales.
  • No ocuparse de una persona discapacitada o con movilidad reducida al mismo tiempo que de un niño menor de 4 años o de otra persona discapacitada o con movilidad reducida.

Para la seguridad de los pasajeros con discapacidad o con movilidad reducida, considere viajar con un acompañante si se identifica con alguno o varios de los siguientes puntos:

  • No puede trasladarse por su cuenta de su silla de ruedas a un asiento o escusado.
  • No es capaz de desplazarse libremente sin ayuda.
  • No puede comunicarse a pesar de las asistencias en el lenguaje.
  • No puede desabrocharse y abrocharse por sí mismo el cinturón de seguridad.
  • No puede tomar un chaleco salvavidas de su sitio y colocárselo Usted solo.

El papel de su acompañante es asistirle en caso de emergencia y, en particular, si fuese necesario evacuar el avión.

Es recomendable, informar a la aerolínea si tiene algún tipo de discapacidad y qué tipo de ayuda requiere para su desplazamiento o comunicación efectiva, con una anticipación de 48 hrs. previas a su vuelo.

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